Encontrándonos en navegación, observamos por nuestro costado de estribor, hacia proa del través, una embarcación que demora al 030º. Veinte minutos más tarde vemos que la demora apenas ha variado, estando al 030,5º. Según la Regla 7 del RIPA, ¿qué hemos de considerar?
Ver la respuesta
Respuesta correcta: a) Que existe riesgo de abordaje.
Por qué es correcta
Una demora que casi no cambia indica riesgo de abordaje. Ese es el criterio de la regla 7.
Por qué las demás no
- b) La demora es el criterio.
- c) Él está por estribor: cedes.
- d) No a babor ni en pasos pequeños.
Cómo resolverla en el examen
- Demora fija: riesgo.
Origen de la pregunta
- Ministerio de Transportes (Madrid) · 2021 · Convocatoria de abril · PER Test 3 · pregunta 19 Cuestionario oficial · Plantilla oficial
- Ministerio de Transportes (Madrid) · 2021 · Convocatoria de abril · PER Test 5 · pregunta 27 Cuestionario oficial · Plantilla oficial
Normativa
- OMI: Convenio sobre el Reglamento internacional para prevenir los abordajes, 1972 (COLREG / RIPA) · Regla 7
- RIPA, texto consolidado (BOE) · Regla 7
Pendiente de revisión por un instructor.