¿Cabe la certeza de que únicamente cumpliendo las disposiciones del RIPA estaremos exentos de responsabilidad ante un abordaje?

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Respuesta correcta: a) Ninguna disposición del RIPA eximirá al Capitán de un buque de las consecuencias de negligencias en observar cualquier precaución que pudiera exigir la práctica normal del marino o las circunstancias especiales del caso.

Por qué es correcta

La regla 2 dice que cumplir el reglamento no basta: también hay que actuar como buen marino. La negligencia sigue siendo responsabilidad.

Por qué las demás no

  • b) No basta.
  • c) No exime.
  • d) No exime así.

Cómo resolverla en el examen

  1. Reglamento + buen sentido marinero.

Origen de la pregunta

Normativa

Pruébalo: Derecho de paso

Pendiente de revisión por un instructor.