De acuerdo con el Real Decreto 145/1989, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de Admisión, Manipulación y Almacenamiento de Mercancías Peligrosas en los Puertos, el Centro de control de emergencias dispondrá:

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Respuesta correcta: a) Al menos de un plan de emergencia interior del correspondiente puerto y el plan de emergencia exterior respectivo.

Por qué es correcta

El Real Decreto 145/1989 establece que el Centro de Control de Emergencias del puerto dispondrá, al menos, de un Plan de Emergencia Interior del correspondiente puerto y del Plan de Emergencia Exterior respectivo.

Por qué las demás no

  • b) Dice «al menos», ya que puede contar con planes y protocolos adicionales.
  • c) Las cantidades exentas en el código IMDG quedan fuera del ámbito del RD 145/1989.
  • d) Las provisiones, equipos y combustibles para consumo propio del buque están excluidos del ámbito del RD 145/1989.

Cómo resolverla en el examen

  1. Centro de control de emergencias (RD 145/1989): dispone al menos del Plan de Emergencia Interior y del Plan de Emergencia Exterior.

Origen de la pregunta

Pruébalo: Clasifica

Pendiente de revisión por un instructor.