Conforme al Reglamento de inspección y certificación de buques civiles, si un buque de pabellón español se encuentra en puerto extranjero y debe pasar un reconocimiento anual, ¿qué organismo NO es competente para realizar dicho reconocimiento?
Ver la respuesta
Respuesta correcta: d) La Sociedad de Clasificación del buque, no siendo organización reconocida por el Estado español.
Por qué es correcta
Conforme al Real Decreto 1837/2000, los reconocimientos de un buque español en el extranjero pueden ser realizados por inspectores de la DGMM, por una organización reconocida expresamente autorizada por España o, a petición del Gobierno español, por la Administración de otro Estado Parte. Una sociedad de clasificación que NO sea organización reconocida y autorizada por el Estado español carece de competencia para realizar reconocimientos estatutarios en nombre de España.
Por qué las demás no
- a) La DGMM es siempre competente como Administración del Estado de abanderamiento.
- b) Otro Gobierno contratante de los convenios OMI puede realizarlo a petición de la Administración española.
- c) Las organizaciones reconocidas (OR) autorizadas por España sí son competentes.
Cómo resolverla en el examen
- Reconocimiento estatutario en el extranjero (RD 1837/2000): válido por DGMM, OR autorizada por España o Gobierno extranjero a petición de España; NO por sociedad de clasificación no reconocida por España.
Origen de la pregunta
- Ministerio de Transportes (Madrid) · 2025 · Convocatoria de noviembre · PPER Sección Máquinas · pregunta 30 Cuestionario oficial · Plantilla oficial
Pendiente de revisión por un instructor.