Las embarcaciones deportivas en el interior de los puertos y sus canales de acceso:
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Respuesta correcta: b) Evitarán interferir el tráfico normal de los mismos, no debiendo en ningún caso dar ocasión a que los buques que se encuentren navegando se vean obligados a maniobrarles.
Por qué es correcta
En puertos y canales de acceso, la embarcación deportiva no debe interferir, ni obligar a maniobrar a los buques.
Por qué las demás no
- a) La Regla 6 no fija un número de nudos.
- c) Sí pueden navegar.
- d) Es insuficiente: la obligación principal es no interferir.
Cómo resolverla en el examen
- En puerto, el pequeño se aparta del grande.
Origen de la pregunta
- Ministerio de Transportes (Madrid) · 2021 · Convocatoria de abril · PER Test 3 · pregunta 12 Cuestionario oficial · Plantilla oficial
- Ministerio de Transportes (Madrid) · 2021 · Convocatoria de abril · PER Test 5 · pregunta 12 Cuestionario oficial · Plantilla oficial
- Ministerio de Transportes (Madrid) · 2020 · Convocatoria de diciembre · PER Test 5 · pregunta 11 Cuestionario oficial · Plantilla oficial
Pendiente de revisión por un instructor.