¿Cuándo deberán asegurar la responsabilidad civil o acreditar, en su caso, la existencia de un seguro, los navieros o propietarios de embarcaciones extranjeras de recreo que naveguen por el mar territorial español y por sus aguas marítimas interiores?

Ver la respuesta

Respuesta correcta: c) Siempre que tengan entrada o salida en un puerto español.

Por qué es correcta

La obligación se aplica a los extranjeros cuando entran o salen de un puerto español. Es entonces cuando deben acreditar el seguro.

Por qué las demás no

  • a) No en todo caso.
  • b) Es obligatorio.
  • d) No depende de la eslora.

Cómo resolverla en el examen

  1. Extranjero: al entrar o salir de puerto.

Origen de la pregunta

Pruébalo: Clasifica

Pendiente de revisión por un instructor.