Según la Ley 14/2014, de Navegación Marítima, la plataforma fija tiene la consideración de:

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Respuesta correcta: c) Bien inmueble con arreglo al Código Civil.

Por qué es correcta

El artículo 59.2 de la Ley 14/2014 dispone que las plataformas fijas tienen la consideración de bienes inmuebles con arreglo al Código Civil.

Por qué las demás no

  • a) Bienes muebles son los buques, embarcaciones y artefactos navales (art. 60), no las plataformas fijas.
  • b) El Código Civil las califica por su naturaleza como bienes inmuebles.
  • d) No es la calificación jurídica establecida en el artículo 59 de la LNM.

Cómo resolverla en el examen

  1. Buque/embarcación/artefacto naval = bien mueble; plataforma fija = bien inmueble.

Origen de la pregunta

Normativa

Pruébalo: Clasifica

Pendiente de revisión por un instructor.