De acuerdo con el Artículo 10, del Convenio Internacional sobre Salvamento Marítimo, 1989. ¿En qué situación un capitán NO estaría obligado a prestar auxilio a una persona en peligro en la mar?

Ver la respuesta

Respuesta correcta: c) Cuando prestar auxilio implicase un grave peligro para su propio buque y tripulación.

Por qué es correcta

El artículo 10.1 del Convenio sobre Salvamento Marítimo de 1989 obliga a todo capitán a prestar auxilio a cualquier persona en peligro de desaparecer en la mar, tanto como pueda hacerlo sin serio peligro para su buque y las personas que se encuentren a bordo.

Por qué las demás no

  • a) El deber de socorro a las personas rige igualmente aunque se encuentren a bordo de otro buque en peligro.
  • b) El auxilio a la vida humana en la mar es obligatorio y gratuito, sin depender de recompensa.
  • d) El deber de auxilio aplica en cualquier espacio marítimo, incluidas aguas internacionales.

Cómo resolverla en el examen

  1. Excepción al deber de socorro (art. 10 Convenio Salvamento 1989): grave peligro para el propio buque y su tripulación.

Origen de la pregunta

Pruébalo: Clasifica

Pendiente de revisión por un instructor.