¿Cuándo es obligatorio encender las luces de navegación?:
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Respuesta correcta: a) Entre la puesta y la salida del sol y, si hay visibilidad reducida, en cualquier momento
Por qué es correcta
Las luces van del ocaso al orto. Con visibilidad reducida también se encienden de día.
Por qué las demás no
- b) Empiezan al ocaso.
- c) Es obligatorio.
- d) La a es correcta.
Cómo resolverla en el examen
- Ocaso a orto y con niebla.
Origen de la pregunta
- Junta de Andalucía · 2024 · 1ª convocatoria · PER Modelo A · pregunta 19 Cuestionario oficial · Plantilla oficial
- Junta de Andalucía · 2024 · 1ª convocatoria · PER Modelo B · pregunta 20 Cuestionario oficial · Plantilla oficial
Normativa
- OMI: Convenio sobre el Reglamento internacional para prevenir los abordajes, 1972 (COLREG / RIPA) · Regla 20
- RIPA, texto consolidado (BOE) · Regla 20
Pendiente de revisión por un instructor.